En el ámbito laboral, antes de plantear una demanda en los juzgados, en buena parte de los procesos se requiere lo que se llama una conciliación administrativa previa.
Este trámite se realiza cumplimentando una solicitud de conciliación, conocida familiarmente como «papeleta de conciliación» o simplemente «la papeleta», que en muchos casos se entrega incluso como un impreso normalizado que el trabajador rellena a boli para inmediatamente entregar en las Oficinas Territoriales de Trabajo. Existen, también, por internet, numerosos modelos, o formularios, todos ellos con el contenido mínimo necesario para que la papeleta sea aceptada conforme la regulación vigente, un Real Decreto del año 1979.

El problema surge cuando el trabajador, una vez pasado el trámite de la conciliación sin posibilidad de acuerdo, abocado a interponer una demanda judicial, se encuentra con el problema de que lo que ha recogido en la papeleta de conciliación realmente no es todo lo necesario para poder seguir adelante con la demanda.

 

Y ejemplo de esto, es  la sentencia del Tribunal Supremo 528/2020 de fecha 25 de junio de 2020. En ella nos encontramos un despido de una trabajadora que en su demanda de conciliación no señaló, como causa oculta de la empresa para despedirla, que se encontraba embarazada: Presentó demanda de conciliación manifestando que se le había despedido por fin de obra, cuando en realidad la obra no había terminado, y después de presentar demanda judicial, pero antes del juicio, se alegó, como nuevo motivo, que estaba embarazada, y, por tanto, el despido debía ser nulo.
>br>La empresa alegó que dicha causa es un hecho nuevo, que no se había alegado en la papeleta de demanda, y el Tribunal acogió la tesis de la empresa, manifestando que que no puede ser objeto de debate en el procedimiento judicial, por aplicación del artículo 80.1 c) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, para calificar la improcedencia o nulidad del despido, la situación de embarazo de la trabajadora demandante en el momento del despido, por no haber sido alegado en la papeleta de conciliación.

 

Por tanto, es buena idea acudir desde el principio a un abogado laboralista, a fin de elaborar y presentar correctamente la papeleta de conciliación, a fin de evitar disgustos irresolubles en fase judicial.